El extraño silencio del Ayuntamiento de Madrid

Dime de qué presumes…

El pasado 22 de abril de 2018, nuestra asociación presentó una solicitud de información a dicha institución en la que requeríamos la visualización del expediente administrativo mediante el cual se convocó la consulta ciudadana que hubo en Madrid los días 13 y 19 de febrero de 2017.

Te preguntarás a qué se debe esta petición ahora. Recapitulamos un poco. Nos hallamos en plena «batalla administrativa» con el ayuntamiento de Barcelona por la convocatoria (aplazada, en parte por nuestros esfuerzos) de lo que ellos denominan la «multiconsulta ciudadana», a priori podría parecer que estamos contra cualquier proceso participativo en ambas instituciones, pero más bien es todo lo contrario. Queremos que cualquier proceso participativo tenga un amplio carácter, que no sirva para que de pie solo a la participación de aquella ciudadanía que esté motivada en el entorno del poder municipal (para refrendar decisiones que se perderían democráticamente en un Pleno) y lo más importante: que esos procesos participativos se hagan con todas las garantías jurídicas, especialmente en el tratamiento de los datos personales de la ciudadanía censada y con un mayor celo en la protección de los datos de los menores de entre 16 y 18 años.

Porque en ambas ciudades se permite el voto a los menores de 18 (algo que es cuestionable desde el punto de vista constitucional, pero en lo que no entramos a intentar dirimir), y esto nos preocupa. Especialmente en cómo se tratan los datos personales de estos.

Bastante difícil de aceptar es que las empresas tecnológicas y la mayoría con las que mantenemos tratos como consumidores dispongan de nuestros datos y hagan con ellos lo que les plazca (a pesar del esfuerzo de protección que significa el nuevo RGPD), como para que encima las propias instituciones públicas los entreguen sin las garantías debidas a empresas privadas. Y aquí estamos hablando de TODO el censo municipal de 2 ciudades como lo son Barcelona y Madrid. En el caso de la primera lo tenemos bastante claro. Y de ello os informaremos en una posterior entrada. Son muchos los pasos jurídicos dados y estamos recapitulando lo que hemos hecho para poder explicarlo en una entrada sencilla en nuestro blog. En el caso de Madrid queremos saber qué hicieron y cómo han tratado los datos.

Para requerir esta información nos basamos en el artículo 6 del Reglamento de Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid, la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 19/2013 de Transparencia y Acceso a la información pública y Buen Gobierno.

Pues bien, a nuestra petición con entrada de registro 20180438716 el silencio por respuesta tras agotar el plazo, ¡genial ejercicio de transparencia!, ayer volvimos a hacer otra petición, quedaremos a la espera de obtener la cita presencial que solicitamos para poder ver el expediente.

¿Nos darán cita o deberemos realizar algún tipo de acción mediática para que nos hagan caso esta vez?

Y aún así presumen de ser transparentes… 🙁

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